Posted by: Gestoría | 26/03/2012

Horario de cierre de los bares en Madrid

Gestoría Henares pubSegún el Ayuntamiento de Madrid no se modificará la hora de cierre de los bares del distrito Centro.

Dichos horarios se encuentran regulados por la Orden 1562/1998, de 23 de octubre, de la Consejería de Presidencia, en la que se establece el régimen relativo a los horarios de los locales de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como de otros establecimientos abiertos al público.

Según manifestaciones del vicealcalde y portavoz municipal, Miguel Ángel Villanueva, tampoco se va a otorgar ninguna licencia más, basándose en la alta densidad de locales de ocio en la zona Centro, según marca la conocida como Ordenanza del Ruido.

La Ordenanza de Protección de la Atmósfera contra la Contaminación por Formas de Energía (más conocida como Ordenanza del Ruido), fue aprobada por el Ayuntamiento de Madrid, con fecha de 31 de mayo de 2004, actuando en el ámbito de la lucha contra la contaminación acústica y con toda la eficacia que venía exigida por la entonces recién aprobada Ley del Ruido (37/2003), donde se atribuye a los Ayuntamientos la competencia para elaborar Ordenanzas en materia de protección del medio ambiente frente al ruido y vibraciones.

En la firme creencia de que es posible conciliar el descanso de los vecinos con el desarrollo de las actividades susceptibles de ser productoras de ruido en la ciudad, se introdujo la regulación de nuevos procedimientos dirigidos a subsanar las deficiencias puestas de manifiesto en las actividades.

El objetivo de dicha Ordenanza es dar prioridad a la intervención municipal mediante actuaciones no sancionadoras, sino dirigidas a la adopción de medidas correctoras, dando la oportunidad a las actividades de adecuarse y hacer viable su funcionamiento, defendiendo el óptimo desarrollo económico de la ciudad, a la vez que salvaguardando de molestias a los vecinos directamente afectados.

Además, con dicha Ordenanza se pretende garantizar la buena convivencia ciudadana respecto de las molestias por ruidos derivadas del comportamiento vecinal y usuarios de la vía pública, tanto en el interior del domicilio como en el medio ambiente exterior. Es propio de las competencias de los Ayuntamientos garantizar esta convivencia, lo que implica que en las relaciones vecinales se asegure el respeto al descanso y se posibilite el normal ejercicio de las actividades propias de los demás locales o viviendas.

Es por esto, que desde el Ayuntamiento indican que es prioritario colaborar con los propietarios de los locales para acabar con el “botellón”.


Respuestas

  1. Es un asunto complicado, sobre todo en el centro de la ciudad, donde la vida nocturna es el alma de algunos barrios emblemáticos. Lo más importante es encontrar caminos para el diálogo y la convivencia en las que podamos encontrarnos todos sin excepción.


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