Posted by: Gestoría | 18/06/2024

Documentación necesaria para gestionar una Herencia (Sucesión)

Gestoría Henares empresa

Antes de presentar la declaración del Impuesto sobre Sucesiones es necesario realizar una serie de gestiones encaminadas a obtener determinada documentación:

1º. En el Registro Civil,  deberás solicitar el Certificado de Defunción. Para su solicitud deberán aportarse los datos del fallecido y es conveniente que se lleve el libro de familia.

2º. En el  Registro General de Actos de Última Voluntad, deberá solicitarse el Certificado de Actos de Última Voluntad. Para su solicitud deberá adjuntarse certificado de defunción del fallecido.

El Certificado de Actos de Última Voluntad nos informará de:

– Si la persona fallecida no había otorgado testamento.

– Si la persona fallecida había otorgado testamento, en este supuesto indicará cual es  la Notaría donde se halla depositado. Si lo herederos no tienen Copia Autorizada del Testamento deberán acudir a la Notaría correspondiente y solicitar copia autorizada del mismo.

En el Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento, deberá solicitarse el Certificado de seguros de cobertura de fallecimiento, que nos dirá si el fallecido disponía de algún seguro de vida, del cual podamos ser titular.  En caso de que así fuera, necesitaremos Certificado expedido por la Entidad Aseguradora haciendo constar la fecha de contratación, beneficiarios y cuantía de la misma.

. Si el fallecido no dejó testamento se necesita la llamada «Declaración de Herederos». Con carácter general, la declaración de herederos se obtendrá mediante acta de notoriedad que se tramitará ante notario.

. Si el fallecido tenía cuentas o valores mobiliarios en entidades financieras, deberán acudir a ellas para solicitar los Certificados de posición correspondientes a la fecha de fallecimiento. Asimismo, será aquí donde les faciliten los certificados acreditativos de deudas o cargas que puedan existir sobre los bienes o sobre su patrimonio (hipoteca, préstamos, tarjetas de crédito, etc.)

. Si el causante disponía de bienes inmuebles a su nombre, será necesario disponer su referencia catastral y escritura de adquisición del inmueble. También sería conveniente obtener la nota simple del bien en el Registro de la Propiedad, aunque ésta será solicitada por la Notaría que escriture la herencia.

. Igualmente será necesario disponer de los títulos de propiedad (permiso de circulación, ficha técnica,…) de todos aquellos bienes y derechos de los cuales el causante fuera titular, como por ejemplo los vehículos, embarcaciones, etc…

Una vez se disponga de toda esta documentación, se debe acudir a un Gestor Administrativo, quien le irá guiando en los pasos necesarios siguientes para cumplir con las obligaciones de los herederos: escriturar, impuesto sobre sucesiones, plusvalía, registro de la propiedad, etc.

Cualquier duda al respecto, pueden ponerse en contacto con Gestoría Henares, AQUÍ.

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