Posted by: Gestoría | 26/11/2020

Ayudas que puedo solicitar si debo cerrar mi negocio por Covid-19 (Autónomos)

Gestoría Henares desempleo1

Autónomos

Para los trabajadores por cuenta propia se crea la nueva prestación extraordinaria por suspensión de actividad, dirigida a aquellos autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas competentes para la contención de la pandemia de la COVID-19.

Los requisitos para acceder a esta prestación son:

  • Estar afiliado y en alta en el RETA al menos 30 días naturales antes de la fecha de la resolución.
  • Estar al corriente de pago de las cuotas.

La cuantía de la prestación será del 50% de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad desarrollada. Si eres familia numerosa, esta cantidad se incrementará un 20% y se reducirá al 40% de la base para el caso de que convivan en un mismo domicilio personas con vínculo familiar o análogas donde dos o más miembros tengan derecho a esta prestación.

Además, el autónomo quedará exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social, pero ese periodo le contará como periodo cotizado. La exoneración de cuotas se extenderá desde el primer día del mes en el que se adopta la medida de cierre hasta el último día del mes siguiente al que se levante dicha medida.

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