Posted by: Gestoría | 04/10/2016

Ayudas de Madrid por contratación indefinida de personas desempleadas

Gestoría Henares desempleo1Programa de incentivos para la contratación indefinida en el ejercicio de 2016 de personas desempleadas, en especial de mayores de 45 años y mujeres con especiales dificultades de inserción.

Requisitos del trabajador contratado:

* Hallarse inscritas como personas desempleadas demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid durante un período de, al menos, un mes ininterrumpido e inmediatamente anterior a su contratación, salvo en el supuesto de contratación de mujeres con especiales dificultades de inserción, en cuyo caso ha de tratarse de trabajadoras inscritas como desempleadas durante un período de, al menos, 360 días en los 540 días anteriores a la fecha de su contratación.

* El trabajador objeto de subvención, no puede haber formado parte de la plantilla del empleador en los seis meses anteriores a la fecha de la contratación

Requisitos del empleador y contratación:

* Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

* Los contratos deberán formalizarse por escrito en el modelo establecido al efecto por el Servicio Público de Empleo Estatal y la persona contratada deberá haber sido dado de alta en la Seguridad Social.

* El centro de trabajo en el que preste sus servicios la persona contratada deberá estar radicado en la Comunidad de Madrid.

* Únicamente podrá subvencionarse un máximo de 10 contrataciones por beneficiario en cada ejercicio presupuestario

* La contratación indefinida deberá suponer un incremento neto del nivel de empleo indefinido de la empresa, tomando como referencia el promedio diario de trabajadores con contrato indefinido en el centro de trabajo donde preste sus servicios la nueva persona contratada, en los 30 días anteriores a la celebración del contrato.

* Tanto el alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social como el inicio de la relación laboral deben ser previos a la presentación de la solicitud.

* Mantenimiento de la jornada de trabajo y de la contratación subvencionada y del alta en la Seguridad Social durante un período mínimo de 12 meses a contar desde la fecha de alta en Seguridad Social de la persona contratada.

* El contrato subvencionado no podrá ser fijo discontinuo.

* No están subvencionadas las conversiones de contratos temporales en contratos indefinidos.

Cuantía de las ayudas:

2.500 euros cada contrato indefinido a tiempo completo.

3.000 euros cada contrato indefinido a tiempo completo realizado a mayores de 45 años o mujeres con especiales dificultades de inserción.

3.500 euros cada contrato indefinido a tiempo completo realizado a mujeres con especiales dificultades de inserción mayores de 45 años.

En los supuestos de contratación indefinida a tiempo parcial, el importe de la subvención se reducirá proporcionalmente en función de la jornada establecida teniendo en cuenta que, en este caso, la jornada no podrá ser inferior al 62,5% de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.

Plazo de presentación:

Desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio anual.

En todo caso, las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de 1 mes desde la fecha de alta de la persona contratada en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

(continuará)

 


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