Posted by: Gestoría | 30/06/2015

Ayudas al transporte (I)

Gestoría Henares coche electricoEn el BOE del 05-05-2015 se ha publicado el Programa de ayudas para actuaciones de cambio modal y uso más eficiente de los modos de transporte, cuyo plazo de solicitud se abrió el día 06/05/2015 y hasta la conclusión de la vigencia del Programa, lo cual sucederá cuando se produzca la 1ª de las siguientes circunstancias:

  • a) Que conforme a las solicitudes recibidas, se agote el presupuesto disponible, incluidas, en su caso, las posibles ampliaciones presupuestarias que pudieran acordarse.
  • b) Que transcurra 1 año natural desde la fecha de publicación (05-05-2016).

Las solicitudes se efectuarán de manera telemática a través de la aplicación que estará disponible en la dirección de internet del IDAE (www.idae.es).

Las actuaciones susceptibles de ayuda habrán de conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética con respecto a la situación inicial y cumplir con determinadas condiciones.

Las actuaciones de ahorro y eficiencia energética deberán cumplir con los requisitos esenciales que se establecen en el Anexo I de la convocatoria de las ayudas (descripción de las actuaciones elegibles) y deben encuadrarse en una o varias de las tipologías siguientes:

  1. Planes de transporte sostenible al centro de trabajo.

Beneficiarios: los empresarios o entidades, personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, que de forma individual, o conjuntamente con otras, implanten para sus propias dependencias o centros planes de transporte sostenible al centro de trabajo.

Requisitos: Solo se podrán contemplar actuaciones que generen un ahorro energético mínimo del 10 % respecto a la situación de partida, antes de la implantación del PTT (plan de transporte sostenible al centro de trabajo).

Cuantía: bajo la modalidad de entrega dineraria sin contraprestación, para los PTT, será del 20 % de la inversión y coste elegible calculado según la base quinta.

Solo se podrán incluir, actuaciones cuyo coste elegible sea igual o superior a 30.000 euros. El importe máximo de ayuda por beneficiario será de 200.000 euros.

 

 (continuará)

 


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