Posted by: Gestoría | 16/09/2026

Nuevo decreto para entidades del Tercer Sector colaboradoras con la Administración

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El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto 592/2026, una norma que desarrolla la Ley 43/2015 del Tercer Sector de Acción Social y regula, por primera vez, el procedimiento para reconocer oficialmente a las entidades colaboradoras de la Administración General del Estado.

¿Qué entidades pueden obtener este reconocimiento?

Podrán solicitar el reconocimiento aquellas entidades del Tercer Sector de Acción Social que desarrollen actividades de interés general, carezcan de ánimo de lucro y cumplan los requisitos previstos en la normativa. Entre otros aspectos, deberán acreditar una trayectoria suficiente, una organización adecuada para el desarrollo de sus actividades y el cumplimiento de las obligaciones legales y de transparencia que les resulten exigibles.

El reconocimiento tendrá ámbito estatal, sin perjuicio de las competencias que correspondan a las comunidades autónomas en esta materia.

Principales novedades

El Real Decreto regula por primera vez el procedimiento para solicitar y obtener la condición de entidad colaboradora de la Administración General del Estado. Asimismo, determina la documentación que debe aportarse, el órgano competente para resolver las solicitudes y los efectos del reconocimiento.

La norma también establece los derechos y obligaciones de las entidades reconocidas. Entre ellos, podrán hacer constar oficialmente su condición de entidad colaboradora, mientras que deberán mantener el cumplimiento de los requisitos que motivaron el reconocimiento y facilitar la información que pueda ser requerida por la Administración.

Además, el Real Decreto prevé mecanismos de seguimiento y control para comprobar que las entidades continúan reuniendo las condiciones exigidas. En caso contrario, podrá acordarse la revocación del reconocimiento.

¿Qué supone para las entidades?

Esta regulación no crea nuevas ayudas o subvenciones, pero sí configura un sistema oficial de reconocimiento que puede reforzar la confianza institucional y facilitar la colaboración con la Administración General del Estado.

Para muchas entidades del Tercer Sector, disponer de este reconocimiento puede constituir un elemento diferenciador en sus relaciones con las administraciones públicas y poner en valor su trayectoria y compromiso social.

Entrada en vigor

Con carácter general, el Real Decreto entrará en vigor el 2 de enero de 2027, aunque determinadas previsiones organizativas ya son aplicables desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Las entidades interesadas en obtener este reconocimiento deberán revisar si cumplen los requisitos establecidos por la nueva normativa y valorar la conveniencia de iniciar el procedimiento una vez entre plenamente en vigor.

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