Posted by: Gestoría | 29/07/2025

Verifactu  y  Factura electrónica

Gestoría Henares factura

En el BOE de 06/12/2023 se publicó el Real Decreto 1007/2023 (Reglamento Verifactu) para desarrollar los principios que inspiran la Ley 11/2021 (Ley Antifraude de 2021).

El Reglamento Verifactu es diferente y resulta compatible con la factura electrónica B2B, que fue aprobada en la Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece), imponiendo la obligación a todos los empresarios y profesionales de expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otros empresarios y profesionales. Sin embargo, la fecha de entrada en vigor de esta nueva obligación depende de la aprobación del desarrollo reglamentario actualmente en tramitación por el Ministerio de Economía.

En la Ley Antifraude de 2021 se introducen cambios importantes en la facturación, como:

* la obligatoriedad de usar software certificado con declaración responsable, que de momento no será obligatorio para aquellos autónomos que emiten sus facturas en papel (sí lo será para aquellos que las emiten en Word, Excel, etc), aunque sí lo será en el momento en el que sea obligatoria la factura electrónica,

* la inclusión de un hash en cada registro informático de facturas: es una huella que permitirá encadenar un registro con el anterior a fin de evitar y hacer detectables las manipulaciones. Deberá incluirse en los registros de facturación, con independencia de que te incorpores o no a Verifactu. Para calcularla en cada registro, el sistema informático de facturación tendrá que seguir un algoritmo que se publicará en la web de la AEAT.

* la incorporación de códigos QR en todas las facturas: se trata de un tipo de elemento gráfico que, a través de su escaneo, facilitará el acceso al servicio de cotejo de un resumen con los datos de mayor interés fiscal de la factura.  El QR aparecerá en todas las facturas emitidas con sistemas informáticos de facturación, pero podrá ser distinto en función de si estás o no Verifactu.

* También se introduce el sistema Verifactu de aplicación voluntaria.

Así, el Real Decreto 1007/2023 viene a desarrollar reglamentariamente dicha Ley, de tal forma que establece lo siguiente:

  • El software de todos los empresarios o profesionales deben cumplir con unas características recogidas en el artículo 29.1.j) de la Ley General Tributaria.
  • El Reglamento fija un conjunto de normas que se aplican tanto a quienes se decantan por Verifactu sí como por los que lo hacen por Verifactu no, dado que es opcional.

En definitiva, los sistemas informáticos de los empresarios (autónomos y pymes) deberán adaptarse de una forma integral a ambas modificaciones: Verifactu y Factura Electrónica, utilizando para ello un modelo de datos único basado en las menciones obligatorias de factura y en los medios y plazos de pago (Reglamento de Facturación).

.


Descubre más desde Gestoría Henares

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Categorías