Posted by: Gestoría | 27/09/2013

En qué consiste la Tarifa Plana de Autónomos

Gestoría Henares jefaEn la actualidad, existe ya una “Tarifa Plana para autónomos” prevista en la Ley General de la Seguridad Social, pero sólo es aplicable a los hombres menores de 30 años y a las mujeres menores de 35.  La duración para ellos, de esta reducción en sus cuotas de la Seguridad Social (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), es de 30 meses.

Sin embargo, con la Ley de Emprendedores, publicada el sábado 28 de septiembre y su entrada en vigor al día siguiente, se incluiye en la Ley de la Seguridad Social, una nueva Tarifa Plana (no compatible con la anterior), aplicable a todos los autónomos, sin límite de edad, que no empleen a trabajadores por cuenta ajena y que causen alta por primera vez en el RETA, o que no siendo la primera vez, lleven más de 5 años sin cotizar a este Régimen Especial.

La reducción de las cuotas de la Seguridad Social, será la siguiente:

a)      Primeros 6 meses: reducción del 80% de la cuota

b)      6 meses siguientes a a): reducción del 50% de la cuota

c)       6 meses siguientes a b): reducción del 30% de la cuota

La cuota sobre la cual se aplicará la reducción, es la cuota de contingencias comunes que sea resultado de aplicar el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento, sobre la Base mínima de Cotización.

En la práctica:

La Base Mínima es actualmente de 858,60€, y el tipo mínimo de cotización a contingencias comunes incluida la incapacidad laboral, de 29,80%, por lo que la cuota de contingencias comunes sobre la que se aplicará la reducción anterior es de 255,86€.

Para aquellos autónomos que no optan por cotizar por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (que lleva aparejado el Cese por Desempleo), se incrementa su cotización en un 0,10%, por lo que cada mes pagan en la actualidad como cuota de la Seguridad Social: 256,72€.

Pues bien, en el supuesto de que no variasen de aquí a año y medio ni la Base mínima ni el Tipo mínimo de cotización, a partir de la entrada en vigor de la Ley de Emprendedores, los pagos que realizarán quedarán como sigue, obteniendo una reducción total por todo el periodo, de 2.456,28€:

a)      Primeros 6 meses: 52,03€

b)      6 meses siguientes a a): 128,79€

c)       6 meses siguientes a b): 179,96€

d)      A partir de c): 256,72€

 


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