Posted by: Gestoría | 11/10/2016

Ayudas de Madrid por contratación en formación y aprendizaje de jóvenes

Gestoría Henares joventrabajoPrograma de Refuerzo de los Incentivos al Contrato de Formación y Aprendizaje de jóvenes no cualificados inscritos como beneficiarios en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Requisitos del trabajador contratado:

  • Jóvenes menores de 30 años,
  • Residentes en la Comunidad de Madrid,
  • Inscritos como beneficiarios en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil,
  • Que carezcan de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerida para concertar un contrato en prácticas.
  • El joven objeto de subvención, no puede haber formado parte de la plantilla del empleador en los seis meses anteriores a la fecha de la contratación

Requisitos del empleador y contratación:

* Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

* El centro de trabajo en el que preste sus servicios la persona contratada deberá estar radicado en la Comunidad de Madrid.

* Los contratos deberán formalizarse por escrito en el modelo establecido al efecto por el Servicio Público de Empleo Estatal y la persona contratada deberá haber sido dado de alta en la Seguridad Social.

* Tanto el alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social como el inicio de la relación laboral deben ser previos a la presentación de la solicitud.

* El desarrollo de la actividad formativa inherente al contrato de formación y aprendizaje estará sujeto a lo dispuesto en el capítulo II del título II del Real Decreto 1529/2012, así como de la Orden ESS/2518/2013.

* El contrato de formación y aprendizaje sólo puede formalizarse a jornada completa.

* La actividad laboral desempeñada por el trabajador en la empresa deberá estar relacionada con la actividad formativa.

* Adhesión al contrato de trabajo de la adenda firmada por empresa y trabajador, según Anexo VI de las Normas Reguladoras de la subvención, publicadas en el BOCM de 28-07-2016.

* Mantenimiento de la jornada de trabajo y de la contratación subvencionada y del alta en la Seguridad Social durante un período mínimo de 12 meses a contar desde la fecha de alta en Seguridad Social de la persona contratada.

* Mantener un sistema de contabilidad diferenciado para todas las transacciones relacionadas con las actuaciones objeto de subvención

Cuantía de las ayudas:

4.300 euros cada contrato en prácticas a tiempo completo.

La cuantía de subvención se incrementará en 500 euros en el caso de que los jóvenes contratados sean mujeres.

Plazo de presentación:

Desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio anual.

En todo caso, las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de 1 mes desde la fecha de alta de la persona contratada en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.

 

(continuará)

 


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