Posted by: Gestoría | 12/05/2016

Ayudas al alquiler de vivienda en Madrid 2016 (I)

Gestoría Henares alquilerEn el BOCM del pasado lunes 25 de abril, se publicó la Orden de 21 de abril de 2016, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al alquiler de vivienda.

El plazo máximo para solicitar las subvenciones al alquiler previstas en dicha Orden es de 15 días hábiles desde el 4 de mayo de 2016, por lo que a fecha de publicación de esta noticia, quedan 9 días de plazo para su presentación.

Las solicitudes de subvención se cumplimentarán en el modelo oficial que se determine en cada convocatoria y deberán ir firmadas por todos los que sean o vayan a ser titulares del contrato de arrendamiento.

Cuantía de las ayudas

  • Se concederá a los beneficiarios una subvención del 40% de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un límite máximo de 2.400€ anuales por vivienda.
  • Cuando la vigencia del contrato no abarque la totalidad de la anualidad de la correspondiente convocatoria, o bien el empadronamiento que se acredite sea posterior al inicio del período subvencionable, la cuantía de la subvención se minorará proporcionalmente en función de la fecha del contrato o del empadronamiento. En este supuesto el límite de la subvención será de 200€ mensuales.
  • En el caso de personas que deseen acceder a un arrendamiento de vivienda, el importe de la subvención a que tiene derecho el beneficiario se calculará teniendo en cuenta la fecha del contrato de arrendamiento así como la fecha de empadronamiento, con el límite del 40% de la renta mensual y 200€ mensuales.

 

En la próxima noticia veremos cuáles son los requisitos que deben cumplir los posibles beneficiarios de estas ayudas.

 

(continuará)

 


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