Posted by: Gestoría | 01/04/2013

Prohibición del uso de zonas comunes por impago de cuotas de Comunidad

Gestoría Henares piscinaLa Ley de Propiedad Horizontal, en caso de impago de las cuotas de comunidad, prevé consecuencias cuya regulación recogen normas imperativas, que consisten en privilegios y limitaciones, como la afección real del piso a los gastos de la anualidad corriente y la anterior, o la suspensión del derecho de voto, o un procedimiento especial para su cobro.

Pero el carácter imperativo de estas disposiciones no excluye que la Comunidad de Propietarios, por propia voluntad, establezca previsiones paralelas y complementarias a las en ellas previstas, como por ejemplo la prohibición del uso de zonas comunes.

La especialidad de la propiedad horizontal radica precisamente en que junto a la propiedad privativa existe una comunidad sobre los elementos comunes que exige la contribución a su mantenimiento por todos los copropietarios.

Esta posibilidad se basa en la finalidad del legislador de que cada copropietario contribuya al pago de los elementos comunes para no perjudicar a los demás, pues mientras dura el impago el resto de propietarios tienen que suplir con su propio patrimonio la falta de pago del propietario moroso.

La Dirección General de los Registros y del Notariado en su Resolución de 23 de octubre de 2012 establece que es posible constituir por parte de la Comunidad un veto de acceso a los propietarios que, bien no contribuyan, bien no se hallen al corriente de pago de las cuotas de la comunidad, a determinadas zonas comunes, concretamente a la piscina y a las pistas de tenis, dado que éstas pueden considerarse elementos comunes que no son necesarios para la habitabilidad, seguridad o accesibilidad del inmueble, y dado que su carácter excede de lo que podrían considerarse elementos necesarios para la vivienda.

 


Respuestas

  1. quisiera que me informasen, tenemos un vecino que dejaba la bicicleta en en portal. se le comunico que tenia que sacarla . de hecho lo hizo , pero ahora nos biene diciendo que tenemos que retirar las plantas , que tenemos de decoracion .quisieramos saber si tenemos que retirarlas del portal, como el dice , ya que todos estamos de acuerdo con ellas

    • Ángeles, su caso debería ponerlo en conocimiento de su Administrador de Fincas, que es la persona más adecuada para solventar su duda.


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