Posted by: Gestoría | 15/09/2014

Sistema de Liquidación Directa de cuotas de la Seguridad Social CRET@

Gestoría Henares pcSe ha presentado recientemente ante el Consejo de Ministros el Anteproyecto de Ley de medidas en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social.

En el texto se detalla el nuevo procedimiento de facturación que la Seguridad Social hará directamente a las empresas por las obligaciones de cotización.

El procedimiento se inicia cuando la TGSS notifica a las empresas que cumplen los requisitos establecidos la obligatoriedad de unirse al sistema de liquidación directa. Una vez incorporada la empresa (a partir del primer día del mes siguiente al de la recepción de la notificación), el sistema estará operativo desde del tercer mes natural siguiente.

Los principales cambios contenidos en dicho procedimiento son:

1.- El cálculo de las cuotas lo realizará la TGSS

Mensualmente, la TGSS enviará a la empresa la información de las cotizaciones según los datos de los que dispone, de manera similar a los borradores de la AEAT.

La empresa verificará que la información sea correcta y solo deberá confirmarla para que se efectúe el pago correspondiente.

2.- El cálculo de liquidación es por trabajador

Con Cret@, la TGSS calculará bonificaciones, importes totales y datos del TC1 por cada trabajador, de manera automática y los remitirá a la empresa a través del Recibo de Liquidación de Cotizaciones.

3.- Se permiten las liquidaciones parciales

Como la cotización con Cret@ es a nivel de trabajador, durante un mismo mes la empresa podrá realizar varias liquidaciones parciales hasta que se lleve a cabo una liquidación por el total de todos los trabajadores.

4.- Aparece la cotización por tramos

Un tramo es un periodo temporal en que las características de cotización del trabajador (perfil de cotización) no varían.

Por ejemplo: un contrato temporal que a mitad de mes se transforma en indefinido, motivará en este caso que se deba cotizar en 2 tramos.

 

Es imprescindible, para el buen funcionamiento del sistema, que la información de los cambios que se produzcan mes a mes (modificaciones de contrato, altas, bajas, etc.), se comunique correctamente y en plazo y que toda la información esté actualizada en el programa de nóminas.

Está previsto que , a partir de octubre de 2014, y en función de la publicación de la normativa necesaria, la TGSS seleccione paulatinamente empresas para que se vayan incorporando al nuevo sistema de liquidación de cuotas, dando un periodo transitorio de 3 meses para que éstas se adapten.

 

 


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