Posted by: Gestoría | 01/03/2019

Modificaciones en el IRPF (I)

Gestoría Henares impresorenta

El Real Decreto 1461/2018, de 21 de diciembre, publicado el pasado 22 de diciembre de 2018, ha modificado el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, en lo que se refiere a deducciones en la cuota diferencial por circunstancias familiares, obligación de declarar, pagos a cuenta, rentas vitalicias aseguradas y obligaciones registrales.

En realidad, se trata en general, de desarrollar reglamentariamente los cambios legislativos que la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 ha introducido en la normativa del IRPF.

Las modificaciones introducidas son las siguientes:

1.- Deducciones “negativas” en el IRPF:

Cheque guardería.

Se incrementa la deducción por maternidad, hasta un máximo anual de 1.000euros, que debe prorratearse por meses completos y que corresponde a los gastos de guardería, incluyendo exclusivamente los meses contratados por completo, aunque parte de los mismos carezcan de contenido lectivo.

A efectos del importe de gasto efectivo a deducir se incluye tanto el pagado por la madre o el contribuyente o el satisfecho por el otro progenitor.

La información relativa a tales gastos figura en el modelo 233, recientemente publicado en el BOE. Se trata de una declaración informativa obligatoria para las guarderías y escuelas infantiles en la que deberán indicar durante el mes de enero, la relación de los pagos realizados por los padres en el año inmediatamente anterior.

Deducciones por familia numerosa y discapacidad.

Se integran dos nuevos casos de pago anticipado:

-cónyuge de discapacitado que dependa económicamente del otro esposo.

-existencia de más hijos de los exigidos para que una familia numerosa adquiera las categorías ordinaria o especial, según corresponda.

Se aprovecha, además, para reglamentariamente establecer el pago anticipado para contribuyentes de estas deducciones que reciban prestaciones contributivas, de desempleo, o asimiladas (mutualidades).

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Continuará

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