Posted by: Gestoría | 11/07/2012

Medidas aprobadas contra el fraude fiscal (y III)

  • Gestoría Henares inmuebleFraude en el IVA

Además de la exclusión del régimen de módulos en lo referente al IRPF, dicha exclusión también afecta al Régimen Simplificado de IVA.

Se establece la inversión del sujeto pasivo en los supuestos de renuncia a la exención del IVA vinculada a ciertas operaciones inmobiliarias. Así, el sujeto adquiriente sólo podrá deducirse el IVA soportado si acredita que ha ingresado el IVA repercutido. Se evita con ello el doble perjuicio para la Hacienda por la falta de ingreso del impuesto por el transmitente del inmueble y por la deducción del IVA soportado.

En los supuestos de declaración de concurso, el derecho a la deducción de las cuotas soportadas por IVA con anterioridad a dicha declaración no podrá ejercitarse en liquidaciones posteriores.

Las modificaciones del IVA se trasladarán también al Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), para dar un trato homogéneo a ambas figuras. En consecuencia con ello, el Consejo de Ministros ha acordado remitir el texto del Proyecto de Ley al Parlamento de Canarias para su dictamen oportuno.

  • Embargo de bienes

Se modifica el régimen de embargo de bienes y derechos en entidades de crédito para que éste se pueda extender más allá de la oficina o sucursal a la que se remitió el embargo.

Se prohíbe la disposición de inmuebles de sociedades en donde han sido embargadas acciones equivalentes a más del 50% del capital social.

Respecto a las medidas cautelares, se modifica el precepto para permitir su adopción en cualquier momento del procedimiento cuando así se estime oportuno. Se permitirá a la Agencia Tributaria adoptar medidas cautelares en los procesos penales.

Para garantizar el cobro de deudas la norma modifica también al alza el importe de la garantía que es necesario depositar para que se suspenda la ejecución de un acto impugnado, a fin de que éste cubra todos los recargos que pudieran ser exigibles.


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