Posted by: Gestoría | 07/06/2013

Deducciones y Exenciones de la Renta (III): DEDUCCIONES EN MADRID (II)

 Gestoría Henares madrid2Deducción por arrendamiento de vivienda habitual por menores de 35 años

Los contribuyentes menores de 35 años podrán deducir el 20%, con un máximo de 840 euros, de las cantidades que hayan satisfecho en el período impositivo por el arrendamiento de su vivienda habitual.

Requisitos:

1. Las cantidades abonadas por el arrendamiento deben superar el 10% de la base imponible, entendiendo como tal la suma de la base imponible general y la del ahorro del contribuyente.

2. Se requerirá la acreditación del depósito de la fianza correspondiente al alquiler en el IVIMA formalizado por el arrendador. A tal efecto, el contribuyente deberá obtener una copia del resguardo de depósito de la fianza.

3. La suma de la base imponible general y la del ahorro no ha de exceder de 25.620 euros en tributación individual y 36.200 euros en el caso de tributación conjunta.

continuará


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