Posted by: Gestoría | 25/09/2013

Cambio de un trabajador autónomo del INSS a una Mutua y ampliación de la cobertura

Gestoría Henares trabajadorEn los Presupuestos Generales del Estado para 2013 se incorporó la Disposición Transitoria Octava, relativa a la asociación y adhesión a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

En ella se establecía que la asociación de las empresas y la adhesión de los trabajadores autónomos a las Mutuas mantendrían su vigencia hasta la entrada en vigor de la futura norma por la que se actualizara el régimen jurídico de las Mutuas.

Los plazos establecidos para el cambio de coberturas de los Trabajadores Autónomos del INSS a una Mutua y para la ampliación de la cobertura de las contingencias derivadas del Accidente de Trabajo y la Enfermedad Profesional, así como el Cese de Actividad, finalizan el 30 de septiembre.

Por tanto, recordamos que:

  • Todo trabajador autónomo que esté adherido con el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) y quiera cambiar sus coberturas con una Mutua de Accidentes de Trabajo de Enfermedades Profesionales, podrá hacerlo antes del 1 de octubre del año en curso. La adhesión con la Mutua tendrá efecto el 1 de enero del 2014.
  • Todo trabajador autónomo que quiera ampliar su protección y cubrir también las contingencias derivadas del Accidente de Trabajo y la Enfermedad Profesional, así como el Cese de Actividad, vinculado a la cobertura de Accidente de Trabajo, con la Entidad en la que tenga la cobertura de Contingencia Común, podrá hacerlo antes del 1 de octubre y tendrá efecto el 1 de enero de 2014.

 


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